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Arreaza desmiente que EEUU autorizara licencias para que Venezuela adquiera insumos

Aliarly Carrillo.- El ministro para Relaciones Exteriores, Jorge Arreaza, desmintió el jueves que el Departamento del Tesoro de Estados Unidos (EEUU) autorizara a Venezuela para la adquisición de alimentos y otros recursos.

“La administración (Donald) Trump sigue mintiendo sobre supuestas excepciones a las sanciones contra Venezuela. Los recursos del país están bloqueados, la banca y los proveedores no trabajan con el país por temor a sanciones”, escribió Arreaza, en su cuenta en Twitter.

El nuevo documento, suministrado por la Oficina de Control de Activos Extranjeros del Departamento del Tesoro, se precisa que Venezuela posee varias licencias que le permiten adquirir insumos.

“Estados Unidos mantiene amplias exenciones y autorizaciones que permiten la prestación de asistencia humanitaria. La venta y exportación comercial de productos agrícolas, alimentos, medicamentos, y dispositivos médicos, a Venezuela”, de acuerdo con la carta.

Contenido

A continuación, las licencias relacionadas con la asistencia humanitaria y el comercio:

  • 4C: «autoriza ciertas transacciones habitualmente incidentes y necesarias para la exportación o reexportación de productos agrícolas. Así como medicamentos, dispositivos médicos, piezas de repuesto y componentes para dispositivos médicos. Además de actualizaciones de software para dispositivos médicos a Venezuela». Incluye todos los recursos necesarios para la prevención, diagnóstico y tratamiento del coronavirus.

Banca

  • 16C: permite «todas las transacciones y actividades habitualmente incidentes y necesarias para el procesamiento de remesas personales no comerciales que involucran a ciertas instituciones financieras, incluidos Banco de Venezuela, S.A. Banco Universal, Banco Bicentenario del Pueblo, de la Clase Obrera, Mujer y Comunas, Banco Universal C.A., Banco del Tesoro, C.A. Banco Universal y Banco Central de Venezuela. Además, no se prohíben las remesas con instituciones financieras venezolanas no bloqueadas.
  • 20B: «autoriza actividades oficiales de ciertas organizaciones internacionales como las Naciones Unidas, incluidos sus Programas y Fondos, y sus Agencias Especializadas y Organizaciones Relacionadas, así como el Comité Internacional de la Red Cross, entre otros, para realizar transacciones que involucren al BCV, o que involucren a otras personas del gobierno de Venezuela en la medida en que las transacciones estén sujetas a los Estados Unidos.
  • 26: comprende «la provisión y recepción de servicios médicos de emergencia no programados y la provisión de otros servicios médicos que involucran al gobierno de Venezuela».

ONG

  • 29: «autoriza a las organizaciones no gubernamentales a realizar transacciones que involucren al gobierno de Venezuela en apoyo de proyectos humanitarios, construcción de la democracia, educación, proyectos de desarrollo no comercial que beneficien directamente al pueblo venezolano y protección del medio ambiente».
  • 30: «actividades que involucran al gobierno de Venezuela que normalmente son incidentes y necesarias para las operaciones o el uso de puertos y aeropuertos en el país».
  • 33: «autoriza, entre otras actividades, todas las transacciones que involucren al gobierno de Venezuela necesarias para proporcionar ambulancia aérea y servicios médicos relacionados, incluida la evacuación médica desde Venezuela, para personas en Venezuela».

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