Hermann Escarrá, abogado constitucionalista, afirmó que las sentencias 155 y 156, en las que el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) delimita la inmunidad parlamentaria y asume funciones de la Asamblea Nacional, no representan una ruptura del orden constitucional debido a que el Parlamento aún se encuentra en presunto desacato.
“Ese es un concepto constitucional y diferente al concepto de violación de normas constitucionales. Cuando es ruptura es porque se da un golpe de Estado, se sustituyó el poder o se derogó la Constitución, como lo ejecutó en su momento el señor Carmona”, explicó el jurista.
Hermann Escarrá aseguró, además, que el presidente Nicolás Maduro no ha violentado la inmunidad parlamentaria, enfatizando que los magistrados del TSJ actuaron de acuerdo a la ley.